Soporte Impulsa © 2020 En cumplimiento a lo previsto en el Artículo 87-J de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, Soporte Impulsa, S.A.P.I. de C.V., S.O.F.O.M., ENR, no requirió autorización alguna por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para su constitución y operación y que como sociedad financiera de objeto múltiple no regulada está sujeta a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, únicamente para efectos de inspección y vigilancia en el cumplimiento de los preceptos a que se refiere el artículo 95 bis de la citada Ley. Asimismo, ha obtenido su registro como Sociedad Financiera de Objeto Múltiple ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros en términos del artículo 87-K de la misma Ley.
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